Estándares Éticos

Código de ética para la publicación

Colloquia, Revista de Pensamiento y Cultura, es una revista académica donde se exigen los más altos estándares Éticos a las partes que intervienen en la publicación: los autores, editores, Árbitros y gente relacionada con la publicación. Las siguientes normas Éticas están basadas en los Lineamientos de buena práctica para editores de revistas del COPE.

--- Deberes de los editores ---

Decisiones de publicación
El Editor Responsable es responsable de decidir cuáles de los artículos enviados a la revista deben ser publicados.
El Editor Responsable puede guiarse por las políticas del Comité Editorial de la revista y verse constreñido por los requerimientos legales vigentes en torno a la difamación, la violación de los derechos de autor y el plagio. El editor puede consultar con otros editores o Árbitros al tomar las decisiones.

Juego limpio
En cualquier circunstancia, el editor evalúa los manuscritos por su contenido intelectual sin considerar la raza, el género, la orientación sexual, las creencias religiosas, el origen Étnico, la ciudadanía o la postura política de los autores.

Confidencialidad
Ni el editor, ni ningún miembro del personal editorial, puede difundir información acerca de un manuscrito presentado a la revista a nadie que no sea el autor, los Árbitros o Árbitros potenciales, los consejeros editoriales y la editorial, según se considere apropiado.

Difusión y conflictos de interés
Materiales inéditos difundidos en un manuscrito presentado a la revista no deben ser usados por el editor para su propia investigación sin el consentimiento escrito expreso del autor.

 

--- Deberes de los autores ---

Acceso y conservación de datos

Si los editores lo ven oportuno, los autores deben tener disponibles las fuentes o datos en que se ha basado su investigación, y deben guardarlos durante un lapso de tiempo razonable después de la publicación para que sean eventualmente accesibles.

Originalidad y plagio
Los autores deben asegurar que han escrito obras enteramente originales, y que, de haber usado las obras y/o palabras de otros, estas han sido debidamente citadas o referidas.

Publicación múltiple, redundante o concurrente
Un autor no debe en general publicar manuscritos en los que se describa esencialmente la misma investigación en más de una revista o publicación. Someter el mismo manuscrito a más de una revista al mismo tiempo constituye un comportamiento editorial no Ético y resulta inaceptable.

Reconocimiento de fuentes
Debe figurar siempre, en los manuscritos presentados a la revista, el reconocimiento apropiado del trabajo de otros. Los autores deben consignar las publicaciones que han influido en la determinación de la naturaleza del trabajo presentado.

Autoría del trabajo presentado
La autoría debe limitarse a aquellos que hayan contribuido de manera significativa a la concepción y redacción de la investigación presentada.

Errores fundamentales en obras publicadas
Cuando un autor descubre un error o imprecisión significativos en su propia obra publicada o presentada para ser evaluada, es su obligación notificar a la mayor brevedad al editor de la revista y cooperar para corregir el error.

 

--- Deberes de los Árbitros ---

Contribución a las decisiones editoriales
El arbitraje de pares asiste al Editor Responsable y al Comité Editorial en la toma de decisiones editoriales y a través de las comunicaciones editoriales con el autor puede también contribuir a que el autor mejore su trabajo.

Presteza
Cualquier Árbitro seleccionado que no se sienta capaz de evaluar el manuscrito asignado o que sepa que no podrá realizar la evaluación en el tiempo adecuado deberá notificar al editor y abstenerse del proceso de revisión.

Confidencialidad
Todo manuscrito recibido para ser evaluado debe ser tratado como un documento confidencial. Estos no deben ser presentados a otras personas o discutidos con estas salvo autorización expresa del editor.

Estándares de objetividad
Las evaluaciones deberán conducirse objetivamente. La crítica personal al autor es inapropiada. Los Árbitros deben expresar sus puntos de vista claramente con argumentos de apoyo.

Reconocimiento de las fuentes
Los Árbitros deberán identificar trabajos publicados relevantes que no han sido citados por los autores. Cualquier afirmación de que una observación, comentario o argumento ha sido previamente publicado debe estar acompañada de la cita correspondiente. El Árbitro también deberá informar al editor de cualquier similitud sustancial o coincidencia entre el manuscrito evaluado y cualquier otra publicación de la cual tenga conocimiento personal.

Difusión y conflictos de interés
La información y las ideas obtenidas a través del sistema de arbitraje de pares deben mantenerse bajo estricta confidencialidad y no deben ser usadas para provecho personal. Los Árbitros no deben evaluar manuscritos en relación a los cuales tengan conflictos de interés como resultado de relaciones o conexiones de competencia, colaboración o de otro tipo con los autores o instituciones vinculadas a los trabajos.